* Pídale a su amigo/pariente su número A (A#): Este número normalmente contiene 9 dígitos.
* ICE les dará este número al momento del arresto. Si su amigo/pariente presentó una solicitud de inmigración anteriormente, es probable que ya tenga un número A en algún documento de inmigración.
* Si su amigo/pariente fue arrestado en la frontera y se le permitió ingresar, es probable que ya tenga un número A en sus documentos de inmigración.
* Localice a la persona detenida:Utilice este enlace para localizar a su amigo/pariente si ha sido detenido por ICE: https://acis.eoir.justice.gov/en/. Busque por A# y país de nacimiento, o información biográficade la persona.
* Comunicación y visitas:Una vez que localice a su amigo/pariente utilizando el enlace de arriba, puede comunicarse con el centro de detención para programar llamadas o visitas. Algunos centros permiten visitas en persona mientras que otras solo permiten visitas por video.
* Junte los documentos de inmigración y penales si existen: Cualquier solicitud de inmigración previa presentada y el aviso de recibo, informes policiales, declaraciones juradas de causa probable, documentos deacusación y documentos de sentencia.Cómo encontrar información sobre audiencias en el tribunal de inmigración: Usando el A#, usted puede buscar su próxima audiencia en la corte de inmigración usando este enlace: https://acis.eoir.justice.gov/en/. o llame al1-800-898-7180.
¿QUIÉN NO TIENE DERECHO A UNA AUDIENCIA?
Las siguientes personas NO tienen derecho a una audiencia antela corte y pueden ser deportadas sin comparecer ante un juez:
* Órdenes de expulsión pendientes: Un juez ya ordenó la expulsión de alguien porque no se presentó a la corte, perdió su caso de inmigración o no era elegible para una audiencia judicial. ICE puede expulsarlos con la antigua orden de expulsión a menos que el no ciudadano presente una moción exitosa para reabrir su caso de inmigración.
* Deportaciones anteriores: ICE puede expulsar a personas que fueron deportadas previamente, incluyendo personas deportadas en procedimientos acelerados en la frontera, sin derecho a una audiencia de corte.
* Delitos graves con agravados: Las personas que han sido condenadas por delitos que se consideran delitos graves con agravados según la ley de inmigración y que no tienen un estatus legal pueden ser expulsadas de los EE. UU. sin una audiencia.
¿QUIÉN TIENE DERECHO A UNA AUDIENCIA?
Todos los demás que no son ciudadanos, incluyendo los residentes permanentes legales y las personas que residen en los EE. UU. pero que son indocumentados, TENDRÁN derecho a solicitar una audiencia con un juez de inmigración para solicitar alivio de la deportación.
* Aviso de Comparecencia (NTA, por sus siglas en inglés): ICE entregará a los no ciudadanos un documento de acusación que inicia un procedimiento formal de deportación llamado Aviso de Comparecencia (NTA). Si el no ciudadano es detenido, la corte se tardará de 2 a 4 semanas en programar su primera audiencia en la corte.
* Qué puede esperar: Un no ciudadano generalmente tendrá varias audiencias como parte de su caso de deportación. Si pide más tiempo para encontrar un abogado, es común que un juez de inmigración le programe una nueva audiencia en 2-3.
* Cómo asistir a una audiencia: Las audiencias de detenidos generalmente se llevan a cabo por video llamada, y la información sobre cómo asistir a las audiencias se encuentra aquí: https://www.justice.gov/eoir/find-immigration-court-and-access-internet-based-hearings.
CREAR UN PLAN DE SEGURIDAD
Todos los demás no ciudadanos, incluidos los residentes permanentes legales y las personas que residen en los EE. UU. pero que son indocumentados, TENDRÁN derecho a solicitar una audiencia judicial con un juez de inmigración para solicitar alivio de la deportación.
* Identifique a sus contactos de emergencia y memorice sus números de teléfono.
* Proporcione a la escuela o guardería de su hijo un contacto de emergencia para que lo recoja.
* Brinde autorización por escrito para que su contacto de emergencia tome decisiones médicas y legales por su hijo.
* Guarde su información de identidad y su información financiera en un lugar seguro.
* Reúna documentos que demuestren el tiempo que ha estado en los Estados Unidos; los dos años más recientes son los más importantes. Esto puede incluir declaraciones de impuestos sobre la renta de los EE. UU., facturas de servicios públicos, contratos de alquiler, registros escolares, registros médicos, registros bancarios u otros documentos.
* Asegúrese de que su contacto de emergencia pueda acceder a todos estos documentos.
* Busque asesoramiento legal únicamente de un abogado o de un representante acreditado de una organización sin fines de lucro reconocida por el Departamento de Justicia.
* Los abogados deben tener una licencia de un estado de los EE.UU., para ejercer la abogacía. Pida que le muestren su licencia de abogado. Las licencias de abogado de otros países no autorizan el ejercicio de la abogacía en los Estados Unidos.
* Nunca firme una solicitud con información falsa. Nunca firme un formulario en blanco. Pida copias de todo lo que firme.
* Si el consejo parece demasiado bueno para ser verdad, obtenga una segunda opinión antes de presentar una solicitud de inmigración.
Última actualización: 10 de marzo de 2025.